No hay duda de que Blancanieves es una película bellísima. Su guión es bueno, su dirección de arte espléndida, el reparto de alta calidad y al fin, resulta una película emotiva, intensa y dulce.
Pero, supuestamente, no tan dulce fue el trato que se dio a los toros que se utilizaron en el filme. La Plataflorma La Tortura no es Cultura, compuesta por las principales organizaciones de defensa animal del país, entre la que se encuentra FAADA, denuncia el maltrato y muerte de 9 toros de lidia usados durante el rodaje de Blancanieves.
Éstos son los hechos:
‘El 27 de Junio de 2011 fuimos informados de que en los aledaños de la plaza de toros de Aranjuez (Madrid), se encontraba estacionado un camión frigorífico para la recogida de “carne de toro lidia” y que del recinto taurino salían toros muertos que eran cargados en el mencionado transporte. Curiosamente, ese mismo día, se rodaban en dicha plaza escenas de la película “Blancanieves”, dirigida por Pablo Berger.
Hechas las consultas oportunas ante diversos organismos (Dirección de Medio Ambiente Área de Protección Animal de la Comunidad de Madrid, Ayuntamiento de Aranjuez, Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid, y plaza de toros de Aranjuez), supimos que existía un permiso concedido para la celebración de dos lidias a puerta cerrada en el citado coso taurino los días 27 y 28 de Junio de 2011.
Además, el Área de Espectáculos Taurinos de la Consejería de Presidencia de la CAM, que también fue consultado, negó que se hubiera dado autorización para la realización de un festejo taurino relacionado con el rodaje de una película. Teníamos por tanto fundamentos suficientes para pensar que, aprovechando la autorización de esas dos lidias a puerta cerrada, se filmaron escenas de la película mencionada, lo que provocó con seguridad maltrato a los toros de lidia utilizados, que fueron sacrificados en el mencionado recinto. La productora de la película ha reconocido, en medios de prensa, que se utilizaron nueve toros, pero que no hubo maltrato.
Posteriormente se denunciaron estos hechos ante la Dirección General de Medio Ambiente de la CAM, Área de Protección Animal, solicitando se abriera un expediente en el que deberían quedar reflejadas las circunstancias en las que se desarrollaron las lidias a puerta cerrada a las que hemos hecho alusión, con el fin de que se sancionase a los presuntos infractores de la normativa de protección animal. Del mismo modo se solicitó la información oportuna al Ilustre Colegio de Veterinarios de Madrid, que según los reglamentos, debía haber nombrado a un veterinario para que estuviera presente en las lidias.
Dado que la Comunidad de Madrid declaró silencio administrativo y no inició el expediente solicitado, se presentó un recurso antes los Juzgados del Contencioso Administrativo de Madrid, que ha sido admitido a trámite, por la que solicita a la Comunidad de Madrid el expediente correspondiente. Del mismo modo el órgano colegial veterinario nos remitió un informe en el que admite la celebración de dos lidias a puerta cerrada los días mencionados y añade: “no se reflejan incidencias en las lidias reseñadas”.
Con los datos que tenemos, que además han sido corroborados mediante la llamada anónima de uno de los técnicos que intervino en el rodaje, y que nos asegura que los toros utilizados pasaron por el tercio de varas y de banderillas, siendo sacrificados en los chiqueros de la plaza, podemos afirmar que en la filmación de la película Blancanieves se han incumplido leyes de protección animal e incluso estos hechos podrían ser constitutivos de un delito de maltrato animal tipificado en el código penal.
En nuestra denuncia, y a expensas de recibir el expediente administrativo, reflejamos las leyes que consideramos han sido infringidas en el rodaje de “BLANCANIEVES” que son:
Ley 1/1990 de 1 de Febrero de Protección de los Animales Domésticos, que considera infracción muy grave “la filmación de escenas con animales para cine y televisión que conlleven crueldad, maltrato o sufrimiento, cuando estos no sean simulados” (Artículo 24.3.g).
Ley 32/2007 de 7 de Noviembre para el cuidado de los animales en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio, que considera infracción muy grave, “utilizar animales en producciones cinematográficas, televisivas, artísticas o publicitarias, incluso con autorización de la autoridad competente, cuando se produzca la muerte de los mismos” (Artículo 14.1.d)
Seguiremos informando.
Bernardo Gortaire Amézcua :
“Con las palabras se miente, pero con los ojos no” fue la frase pronunciada por Pablo Berger, director de “Blancanieves”, en la presentación de su película en el Festival de San Sebastián.
En España la Ley 1/1990 del 1 de febrero de Protección de los Animales Domésticos, considera infracción MUY GRAVE “la filmación de escenas con animales para cine y televisión que conlleven crueldad, maltrato o sufrimiento, cuando estos no sean simulados” (Artículo 24.3.g) y la Ley 32/2007 del 7 de noviembre para el cuidado de los animales en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio, considera INFRACCIÓN MUY GRAVE, “utilizar animales en producciones cinematográficas, televisivas, artísticas o publicitarias, incluso con autorización de la autoridad competente, cuando se produzca la muerte de los mismos” (Artículo 14.1.d)
En el siguiente enlace hay un video que prueba la violación a dichas leyes:
http://youtu.be/u33B2UV1agQ
adminads :
Gracias Bernardo. ¿Sabes quién ha hecho el vídeo?